Un paso trascendental para el país
Se aprobó la Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios al 2040 (PNPI 2040) mediante Decreto Supremo 002-2026-MC firmado por la Presidencia y refrendado por el Consejo de Ministros y publicado el día de hoy 9 de abril de 2026 en el Diario Oficial El Peruano. Esta política marca un hito importante en la institucionalización de una política pública multisectorial orientada a garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas en el Perú. Este acto culmina un proceso de más de 7 años, desde su formulación inicial hasta el proceso de consulta previa y consulta ciudadana, convirtiéndose en una de las políticas públicas más complejas y participativas en materia de pueblos indígenas hasta la fecha.
El proceso de formulación inició en el 2019 bajo la conducción del Ministerio de Cultura (MINCUL), en coordinación con distintos sectores del Estado y las organizaciones indígenas nacionales, siguiendo los lineamientos metodológicos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). A pesar del retraso a causa de la pandemia de la COVID-19 el impulso de las propias organizaciones indígenas nacionales se retomó este proceso con talleres macro regionales entre el 2023 y 2024, para finalmente en el 2025 someterla a consulta previa, debido al reconocimiento de su impacto directo sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas, en cumplimiento de la Ley de Consulta Previa y del Convenio 169 de la OIT.
El proceso de consulta previa involucró a las ocho organizaciones indígenas nacionales y sus respectivas bases regionales que participaron en los talleres informativos macroregionales donde se discutieron los servicios públicos y se recogieron aportes y recomendaciones. Las organizaciones nacionales que participaron fueron:
- Asociación Interétnica para el Desarrollo de la Amazonía Peruana (AIDESEP),
- Confederación Nacional Agraria (CNA)
- Central de Comunidades Campesinas del Perú (CCP)
- Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP)
- Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP),
- Organización Nacional de Mujeres Indígenas, Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP)
- Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA)
- Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC)
Durante el proceso de consulta previa, Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) brindó acompañamiento técnico a AIDESEP y CNA apoyando el análisis de la propuesta de política y a la formulación de recomendaciones en temas vinculados al territorio, consulta previa, gobernanza ambiental, mujeres indígenas, cambio climático y conservación, entre otros temas clave de la política. Además, se apoyó con la asistencia técnica a FENMUCARINAP.
Este acompañamiento técnico permitió fortalecer la capacidad de incidencia de las organizaciones indígenas en un proceso político y técnico complejo, cuyos resultados se reflejan en diversos ajustes y servicios públicos incorporados en la versión final de la PNPI 2040.

Foto: Isaac Alejo / DAR
Cambios normativos relevantes y aportes brindados
La Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios al 2040 cuenta con nueve objetivos prioritarios:
- OP 1: Garantizar la seguridad jurídica de las tierras y territorios ancestrales, colectivos e integrales de los pueblos indígenas u originarios, conforme a los estándares establecidos en el ordenamiento jurídico internacional;
- OP 2: Reducir la vulnerabilidad de los pueblos indígenas u originarios y sus medios de vida frente a la degradación del ambiente (madre tierra) y efectos del cambio climático;
- OP 3: Garantizar la salvaguardia, reconocimiento y revalorización de los conocimientos tradicionales, ciencia y tecnología ancestral de los pueblos indígenas u originarios;
- OP 4: Garantizar el ejercicio efectivo y oportuno de los derechos colectivos a la participación, consulta y consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas u originarios, de conformidad con los estándares establecidos con el ordenamiento jurídico internacional;
- OP 5: Garantizar los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI);
- OP 6: Mejorar las condiciones para garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas u originarias durante todo su ciclo de vida;
- OP 7: Garantizar el desarrollo social en su libre determinación de los pueblos indígenas u originarios;
- OP 8: Garantizar las condiciones para el desarrollo económico sostenible y solidario de los pueblos indígenas u originarios
- OP 9: Reducir la violencia, discriminación étnico-racial y racismo hacia los pueblos indígenas u originarios;
Entre los principales aportes del proceso de consulta previa destacan avances normativos en temas de seguridad jurídica territorial recogidos en el objetivo prioritario 1 donde se incorporaron recomendaciones para mejorar y simplificar los procesos de titulación (saneamiento físico legal) con pertinencia cultural, y se estableció un nuevo servicio de un visor público del catastro rural que permita acceder a información sobre la situación jurídica de los territorios comunales, además de desarrollar un instrumento técnico de gestión de conflictos territoriales. Estos elementos contribuyen a mejorar la transparencia y la gobernanza del proceso de titulación de comunidades nativas.
En el objetivo prioritario 2 de ambiente y cambio climático se fortalecieron los mecanismos de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción ambiental, ampliando el alcance del servicio que se realiza a actividades extractivas e incluyendo de manera explícita a las actividades productivas y de infraestructura que se realizan en territorios de pueblos indígenas u originarios o próximos a ellos, con participación de los comités de vigilancia indígenas que acompañan este proceso.
Otro aspecto significativo del objetivo 2 es la incorporación de un servicio público vinculado al fortalecimiento de la conservación de la biodiversidad en territorios indígenas, fortaleciendo capacidades en las iniciativas y modelos de gestión desarrollados por los propios pueblos indígenas para la conservación. Ello permite que experiencias como la formulación de criterios indígenas de conservación que viene implementando la Coordinadora Regional de Pueblos Indígenas de San Lorenzo (CORPI-SL) en su ámbito territorial sean fortalecidas. En la misma línea, como parte del objetivo de reconocimiento y revalorización de conocimientos indígenas, se incorporó la conservación y revalorización de plantas nativas y medicinales in situ en territorios indígenas.
Asimismo, se incluyó la asistencia técnica y acompañamiento para el acceso a mercados de carbono, garantizando la aplicación de salvaguardas y con pertinencia cultural. De igual forma, se aprobó la asistencia técnica para la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, en coordinación con las organizaciones indígenas representativas. Estos servicios permiten a los pueblos indígenas acceder a nuevas oportunidades vinculadas a la gestión sostenible de sus territorios y con acompañamiento del Estado.
En relación al objetivo prioritario 4 con la consulta previa, se logró mejorar una actividad operativa dentro del objetivo vinculado a la consulta previa, orientada a la gestión y difusión de información sobre los procesos y acuerdos alcanzados, estableciendo criterios de pertinencia, periodicidad y accesibilidad. Este cambio representa un avance hacia la transparencia de la información respecto a los procesos de consulta previa y el nivel de cumplimiento de acuerdos, facilitando el seguimiento y la vigilancia por parte de los pueblos indígenas y sus organizaciones representativas.
Por otro lado, en el objetivo prioritario 6 se aprobó un servicio orientado a fortalecer la autonomía económica de las mujeres indígenas u originarias, mediante la promoción de acciones que articulen la oferta pública y privada para mejorar sus capacidades y facilitar su acceso a mercados, siempre con pertinencia cultural. Este servicio busca generar oportunidades concretas para que las mujeres indígenas puedan desarrollar actividades económicas sostenibles.
Con relación al objetivo prioritario 7, se fortaleció la participación de pueblos indígenas en iniciativas ambientales. Se aprobó la ampliación de la infraestructura eléctrica mediante tecnologías sostenibles y renovables, priorizando su implementación en comunidades campesinas y nativas, lo que significa llevar electricidad a estas zonas usando energías limpias como la solar, para cerrar brechas de acceso de manea más adecuada a sus condiciones territoriales y ambientales.

Foto: Isaac Alejo / DAR
Otros aspectos resaltantes y retos a futuro
En conjunto, la PNPI al 2040 refleja un proceso en el que las demandas de las organizaciones indígenas han sido incorporadas principalmente en el plano operativo, a través de la creación y ajuste de servicios públicos. Su aprobación abre ahora una nueva etapa centrada en su implementación.
En este escenario, el desafío principal radica en traducir los servicios y actividades aprobados en intervenciones efectivas en los territorios, lo que requerirá no solo capacidad de coordinación intersectorial, sino también los recursos económicos necesarios, así como mecanismos de seguimiento que permitan garantizar el cumplimiento de los acuerdos alcanzados durante el proceso de consulta previa. En ese marco, la implementación de la política ha sido diseñada precisamente para articular las distintas entidades del Estado bajo un esquema de responsabilidades compartidas, esto por su carácter de política multisectorial.
La Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios al 2040 se implementa a través de diferentes planes y acciones de distintas entidades del Estado que forman parte del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN). Esto significa que los Ministerios y Gobiernos Regionales y otras instituciones del Estado deben incorporar esta política en su trabajo y coordinar con el Ministerio de Cultura para implementar los servicios aprobados. En la práctica, cada entidad asume responsabilidades concretas de cumplir los objetivos de la política, de tal manera que no quede solo en un documento, sino se traduzca en intervenciones concretas y reales en los territorios de pueblos indígenas u originarios.
Además, el Ministerio de Cultura no solo coordina con las entidades del Estado, sino también con los pueblos indígenas u originarios, a través de sus organizaciones representativas. Esta coordinación permitirá hacer el seguimiento y evaluación de cómo se está implementando esta política, asegurando que las acciones respondan a sus necesidades y demandas. Este proceso se realiza dentro de la Comisión Multisectorial permanente, creada para supervisar y dar seguimiento a la implementación de las medidas y acciones estratégicas para el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios en el país, creada por el Decreto Supremo 005-2021-MC. Esto garantiza un espacio institucional donde las organizaciones puedan participar, vigilar y aportar en la implementación de esta política y desde DAR seguiremos brindando el apoyo técnico a las organizaciones indígenas para que estos servicios se traduzcan en mejoras concretas en la vida cotidiana de los pueblos indígenas u originarios.