Foto: © Heinz Plenge
Por: César A. IPENZA*
Abogado especialista en materia ambiental
La obligación de conservar las áreas naturales protegidas (ANP) no es cualquier cosa, es una obligación Constitucional del Estado peruano, que incluye todos los poderes, dentro de ellos al mismo Ministerio de Energía y Minas (MINEM) o de Cultura, además del Ambiente y órganos constitucionales autónomos -como la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República.
El MINEM ha venido coordinado con Perupetro la implementación de un Convenio de Evaluación Técnica para la valoración del potencial y desarrollo hidrocarburífero del yacimiento Candamo, ubicado dentro del Parque Nacional Bahuaja Sonene, área protegida de uso indirecto donde está prohibida la realización de actividad extractiva, además del proceso de oferta de otros lotes superpuestos no solo a ANP y sino también a tierras habitadas por indígenas en situación de aislamiento voluntario.
Pero esta “oferta” o “análisis” acaso no tiene ninguna implicancia legal- en el sentido purista, ¿Qué sentido tiene investigar u ofertar si no es posible otorgar esos derechos? Ante las comunicaciones del MINEM/PERUPETRO al SERNANP/MINAM han señalado, con información parcial, que no se están otorgando derechos. Sin embargo, ya se inició la vulneración de estas áreas, pues se está planteando algo que legalmente no sería posible, ni con su “tecnología de avanzada”. Sin duda el camino a la reducción de la protección ambiental alcanzada por el Estado peruano está nuevamente en marcha, usando excusas válidas como el agotamiento del gas que actualmente se extrae, pero sin poner en relieve las malas decisiones sobre su exportación y la incapacidad de masificar el gas, que sería una responsabilidad exclusiva del sector energía y minas, quienes hoy presionan para desproteger las ANP-
Sin embargo, lejos de impulsar otras iniciativas que facilitan nuestra independencia energética, sería el mismo sector que vendría bloqueando la discusión en el Pleno del Congreso de los Proyectos de Ley N° 2139, 3662, 4565 y 4748, que proponen “modificar la Ley N° 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica, a fin de garantizar el abastecimiento seguro, confiable y eficiente del suministro eléctrico y promover la diversificación de la matriz energética”. Entonces a que juega este sector que administra temporalmente nuestros recursos, pero que además presiona para cambiar las reglas y estándares alcanzados.
Estos intentos no son nuevos, el 2007 concesionaron y ofertaron lotes superpuestos a ANP sin la opinión obligatoria del INRENA (hoy SERNANP) /MINAM, en ese contexto la Contraloría, realizó una Acción de Control e identificó responsabilidades y formuló recomendaciones en el informe N° 016-2008-2-0054-MEM/OCI. Hoy, estos hechos se repiten, pero ahora dicen que no están entregando derechos solo ofertándolos o investigando. Frente a una comunicación realizada por Derecho, Ambiente y Recursos Naturales-DAR, la Contraloría de hoy lamentablemente dice “las actividades de promoción no constituyen medidas administrativas” y señalan al final que los OCI de Perupetro y MINEM “determinan que no hay mérito para programar el inicio de un servicio de control”. Bastante curioso cuando su rol es garantizar que las decisiones de las autoridades sean en el marco de la Ley y no tendría sentido ofertar o analizar -lo que demanda recursos públicos de todos- si devendría en un acto ilegal.
En ese mismo periodo, 2007, la Defensoría del Pueblo también emitió el Informe N° 009-2007-DP/ASPMA.CON “Superposición de lotes de hidrocarburos con ANP y Reservas Territoriales en la Amazonia Peruana” donde formuló recomendaciones a Perupetro y MINEM.
El contexto actual amerita recordarles la razón de la existencia de estas instancias, que deberían cumplir con su rol de control y defensorial, pero además recordarles las obligaciones de nuestro Estado en la protección de las ANP. Hay un camino claro de debilitar la institucionalidad y las protecciones alcanzadas, toca a cada uno de nosotros ejercer nuestra ciudadanía y evitar la vulneración de nuestro patrimonio natural, las ANP. La defensa de nuestros bienes comunes es pieza fundamental del desarrollo sostenible y no una visión desfasada y ciega que pretender seguir haciendo lo mismo, involucionando aún más en un contexto de cambio climático.
* Este artículo representa la opinión del autor y no necesariamente la opinión de DAR