En la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional Peruano N° 05427-2009-PC/TC (30 de junio de 2010) se ordena al Ministerio de Energía y Minas – MINEM a que, dentro del marco de sus competencias, emita un reglamento especial que desarrolle el derecho a la consulta de los pueblos indígenas, de conformidad con los principios y reglas establecidos en los artículos 6.1, 6.2 y 15.2 del Convenio 169 de la OIT