CIDH y ONU en alerta por Ley para construcción de carreteras

Feb 14, 2018 | Comunidad Informativa, Noticias

  • Ley afectaría a pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial.
  • Expertas sobre derechos de los pueblos indígenas señalan que si el Estado no cumple con su rol de protección a esta población vulnerable “podría llevar a su exterminio físico y cultural”.

Lima, 14 de febrero de 2018.- Para las relatoras sobre los derechos de los pueblos indígenas Antonia Urrejola (Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH) y Victoria Tauli-Corpuz (Naciones Unidas), la implementación de la “Ley que declara de prioridad e interés nacional la construcción de carreteras en zonas de frontera y el mantenimiento de trochas carrozables en el Departamento de Ucayali” (Ley N° 30723) afectaría áreas naturales protegidas, reservas indígenas, y reservas territoriales para pueblos en situación de aislamiento y contacto inicial.

Organizaciones indígenas ya habían alertado sobre el peligro de esta norma la integridad del territorio habitado por los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI), quienes habitan las reservas indígenas Isconahua, Murunahua, Mashco Piro y la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti y otros (Ver pronunciamiento Aidesep). Asimismo, otra preocupación es la situación de la diversidad biológica de la zona, ya que se propiciaría la destrucción de áreas  naturales protegidas de extensiones importantes.

En ese sentido, las expertas hicieron un llamado al Estado peruano para que cumpla con prontitud y sin demora con su obligación especial de proteger y respetar los derechos de los PIACI. Afirman, además que no hacerlo “podría tener consecuencias irreparables sobre los derechos individuales y colectivos de estas comunidades, y podría llevar a su exterminio físico y cultural”.

A través de un comunicado, Antonia Urrejola y Victoria Tauli-Corpuz también hicieron recordar que según nuestro marco jurídico se debe respetar y garantizar a los pueblos indígenas y su derecho a la consulta previa respecto de proyectos de desarrollo nacional y regional que afectan a sus derechos colectivos, su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo. ¿Se replanteará esta norma?

Desde DAR, reiteramos que cualquier proyecto en infraestructura de transportes debe garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, en caso los afecten. De igual modo debe contar con un sustento técnico y un análisis costo-beneficio que incluya lo socio-ambiental para determinar su viabilidad y sostenibilidad. Tal como lo señala la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) del pasado 7 de febrero, donde establece un precedente para que sus Estados partes (entre ellos Perú) implementen estrategias y políticas de protección del medio ambiente, que les permita lograr un desarrollo sostenible.


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