Naciones Unidas pide a los Gobiernos de Perú, España y Holanda que esclarezcan medidas de protección de derechos humanos frente al derrame en La Pampilla

May 7, 2022 | gestion ambiental, hidrocarburos, Noticias

Lima, 6 de mayo de 2022.- Naciones Unidas, a través de su Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas, hizo públicas comunicaciones a los Gobiernos de Perú, España y Holanda instándolos a tomar medidas para proteger los derechos humanos frente a los derrames de petróleo de La Pampilla, imponer sanciones a cualquier persona o empresa responsable y tomar medidas efectivas para evitar que tales hechos se repitan.

En las referidas comunicaciones se enfatiza también la atención inmediata que requieren los derrames señalados, resaltando que resulta fundamental que la opinión pública sea informada sobre las implicancias potenciales relacionadas al desastre ambiental.

Claves identificadas

El Grupo de Trabajo identificó que en un primer momento REPSOL Perú B.V catalogó el desastre  como “un derrame limitado que fue rápidamente superado”, y que además a partir de la información recibida advirtieron que “la empresa disponía de un plan de contingencias para responder adecuadamente frente a un suceso de esta naturaleza, pero se alega que los operarios no estaban familiarizados con su aplicación práctica, ya que no se realizaron simulacros y entrenamientos desde mediados de marzo de 2020”. 

De igual manera, advirtió que a pesar de que la empresa reportó haber tomado medidas consecuentes para abordar los impactos sobre la tierra, el mar y sobre los animales;”las acciones insuficientes que venía realizando la empresa para contener y limpiar el derrame de manera inmediata y, en algunos casos, inadecuadas” como se ve reflejado en el incumplimiento de las medidas administrativas impuestas por el Estado peruano

Al mismo tiempo, si bien el Grupo de Trabajo reconoció que se realizaron acciones para atender al desastre por parte de OEFA, OSINERGMIN, DICAPI,  MINJUS, MINSA, MINAM, MINEM y la Fiscalía Especializada en materia ambiental de Lima Norte, enfatizó que “A pesar de las medidas de limpieza realizadas a nivel local, se alega que las entidades supervisoras, (…) han privilegiado acciones fiscalizadoras y sancionadoras contra la empresa pero han retrasado su respuesta en la adopción de medidas de contención del avance del petróleo sobre el mar y las costas, de forma coordinada con las autoridades competentes y la empresa, incluso acciones de remediación, de limpieza, y de identificación de los impactos sociales, económicos, culturales y humanitarios”

Asimismo, enfatizó que se necesita redoblar esfuerzos por parte del Estado para brindar asistencia económica a los afectados, especialmente para mujeres y menores afectados, así como para identificar los impactos potenciales a nivel ambiental y socioambiental.

En ese sentido, las comunicaciones destacan la necesidad de que el gobierno peruano aplique medidas de mitigación frente a la contaminación de la tierra, de las aguas  superficiales y subterráneas, y la contaminación sedimentaria, ocasionadas por los derrames, a fin de salvaguardar  el derecho a un medio ambiente sano, limpio y sostenible, a la alimentación, al agua potable, a un nivel de vida adecuado, al trabajo, a la salud,  y por ende el derecho a la vida, de las comunidades locales afectadas. 

Respecto a la importancia de la transparencia y acceso a la información

Por otro lado, se debe enfatizar la importancia que han dado las cartas al tema de la transparencia y acceso a la información al hacer hincapié de que la opinión pública tiene que ser informada sobre las implicancias potenciales relacionadas a los derrames. Al respecto,  la  transparencia y acceso a la información ambiental y socio ambiental en el marco del derrame ha sido un déficit desde el inicio del desastre ambiental, y resaltado en el Informe de la Unidad de Emergencias Ambientales, quienes recalcaron la necesidad de un plan de acción estratégico que incluya la comunicación con la población, pero al mismo tiempo, que recoja sus necesidades y les permita participar de las soluciones.

Al respecto, Christian Castillo, especialista de DAR, señala “hemos reiterado en este caso la necesidad de transparentar la información sobre el gasto designado a las acciones de limpieza y remediación; sobre los impactos actuales y a largo plazo; sobre la atención a la salud de las poblaciones y los ecosistemas frente al derrame, incluyendo el Plan de Intervención elaborado por el sector Salud; y sobre la compensación y apoyo a la población local, como los gremios de pescadores, asociaciones de gastronomía y servicios turísticos; sin embargo, a la fecha gran parte de esta información continúa sin ser transparente y accesible”

Cabe recordar que las deficiencias en la información brindada por la empresa han sido materia de fiscalización por parte de las autoridades, como es el caso del procedimiento sancionador iniciado por OEFA debido a la remisión de información falsa en el Reporte Preliminar de Emergencia Ambiental.

Por ello, y ante la continua ausencia de transparencia y acceso a la información en los casos de derrame de petróleo -ejemplo de ello es el reciente derrame en Datem de Marañón-, resulta fundamental que el derrame en La Pampilla sea un punto de quiebre para resaltar la importancia de este tema. En ese sentido, se insta a los gobiernos de Perú, Holanda, y España así como a las empresas de Repsol S.A a cumplir con los mandatos señalados por Naciones Unidas y a garantizar la plena vigencia de la transparencia socioambiental.


Notas

  1. Grupo conformado por: i)  Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible (David R. Boyd);  ii) el Relator Especial sobre el derecho a la alimentación (Michael Fakhri) y ii) el Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos (Marcos Orellana). El mismo tiene como presidenta a Elżbieta Karska.
  2. Cabe acotar que las cartas fueron enviadas el 03 de marzo de 2022 pero debido a los procedimientos de la ONU recién fueron hechas públicas el 03 de mayo.
  3. Cartas N° Ref.: AL ESP 2/2022, Ref.: AL OTH 13/2022, Ref.: AL OTH 14/2022, Ref.: AL NLD 3/2022 a las cuales se puede acceder aquí
  4. Las comunicaciones también se remitieron a las empresas  Repsol S.A, Repsol Perú BV y la Refinería La Pampilla S.A.A así como a los gobiernos, en atención a los dos derrames de petróleo ocurridos el 15 y 25 de enero en el mar peruano.
  5. Página 2 de la Carta N° Ref. AL ESP 2/2022.
  6. De acuerdo a lo señalado en el Informe de la Defensoría del Pueblo.
  7. Ver más información en OEFA.
  8. Página 4 de la Carta N° Ref.: AL ESP 2/2022.
  9.  Lee más en Diario Voces