Lima, viernes 14 de junio del 2019.- Hoy el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de Naciones Unidas ha hecho pública una comunicación oficial enviada al Ministerio de Relaciones Exteriores de China para que tome en cuenta requerimientos realizados en el marco del Examen Periódico Universal (EPU) al que el país asiático fue sometido a fines del año pasado.
En dicha comunicación se menciona la necesidad de aplicación del principio de extraterritorialidad, con el cual China debe desarrollar sus inversiones respetando las obligaciones socioambientales internacionales, y garantizar que las empresas que operan en zonas de conflicto realicen debida diligencia en materia de derechos humanos, de conformidad con los Principios Rectores Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
En el caso peruano, proyectos como la Hidrovía Amazónica -que tiene como accionista a la empresa china Synohidro- están siendo seriamente cuestionados al incumplir acuerdos de consulta previa vinculados a la salud, seguridad alimentaria y acceso al agua de calidad de las 424 comunidades nativas del ámbito del proyecto, riesgos enmarcados en la ejecución de la debida diligencia de la empresa encargada del proyecto.
Del mismo modo, el Lote 58 -ubicado en la zona amazónica de Cusco y concesionado a la empresa China National Petroleum Corporation (CNPC)-, ha desarrollado la etapa de exploración sin realizar la Consulta Previa a los pueblos indígenas de la zona, vulnerando sus derechos colectivos, así como la normativa nacional e internacional que los protege.
Este caso –entre otros- fue reportado a Naciones Unidas en el marco del EPU por la Coordinadora Indígena de la Cuenca Amazónica (COICA)1 con el apoyo de la Coalición Regional por la Transparencia y la Participación, de la que forma parte Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), incluyendo entre sus recomendaciones el respeto al principio de extraterritorialidad.
Comercio, empresas y derechos humanos
Actualmente, China viene ampliando su estrategia comercial en América Latina en el marco de su iniciativa One Road, One Belt, lo cual implica un llamado al fortalecimiento de sus salvaguardas ambientales y sociales internacionales, como lo vienen advirtiendo colectivos como el Grupo Regional sobre Financiamiento e Infraestructura (GREFI). En el caso peruano, recientemente se ha firmado el Memorando de Entendimiento que formaliza la integración del país a dicha iniciativa.
Al respecto, se debe tener en cuenta que Perú viene elaborando el Plan Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos, el cual debe recoger los principios rectores sobre empresas y derechos humanos y fortalecer la debida diligencia de las entidades públicas y privadas.
A su vez, es necesario que se fortalezca la normativa nacional para el efectivo cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas, esto trasciende a las etapas de negociación de los proyectos de inversión, donde tienen que presentarse la reglas que tiene el Estado peruano para el sector empresarial.
Consideramos importante que el Estado chino tome atención al llamado de Naciones Unidas e implemente las recomendaciones del EPU, sobre todo en contextos donde se viene intensificando las presiones de la inversión sobre los territorios, estando las inversiones chinas entre las más cuestionadas en la Cuenca Amazónica por la débil aplicación de estándares ambientales y sociales en su desarrollo.
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Nota al pie
1 El proceso de elaboración del informe se sostuvo en espacios como las asambleas del Consejo Directivo y Consejo Coordinador de COICA, y contó con la participación de bases nacionales como AIDESEP, ORPIA, OPIAC, CONFENIAE, COIAB, entre otros.
El informe se presentó ante el Consejo de las Naciones Unidas, realizándose acciones de incidencia frente a cuerpos diplomáticos de diferentes países miembros de NNUU, tanto durante la Pre-Sesión del EPU, como durante las sesiones oficiales en Ginebra – Suiza, en octubre y noviembre de 2018.
De esta manera, representantes y colaboradores de COICA sostuvieron reuniones con diplomáticos de países como Perú, Ecuador y Palestina, países que dieron recomendaciones para que China asuma su responsabilidad en materia de derechos humanos fuera de sus fronteras, citadas en el punto 15 del informe de la Oficina del Alto Comisionado de las NNUU para los Derechos Humanos: “Resumen de las comunicaciones de las partes interesadas sobre China”.