¿Cuál es el panorama regional y nacional de las centrales hidroeléctricas, así como sus impactos sociales y ambientales, especialmente respecto a los derechos de los pueblos indígenas? Entérate de esto y más accediendo al libro «Hidroeléctricas en Sudamérica y en el Perú: Situación actual en la cuenca del Rio Marañón», el cual contiene un análisis crítico de las estrategias que dominan la orientación de los proyectos hidroeléctricos, sus problemas y sus posibilidades a futuro.
RESUMEN DEL LIBRO
Introducción
La presente publicación de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) analiza el panorama regional y nacional de las centrales hidroeléctricas, así como sus impactos sociales y ambientales, especialmente respecto a los derechos de los pueblos indígenas. El crecimiento demográfico del siglo XX y XXI generó la necesidad de aumentar el abastecimiento de energía eléctrica desde fuentes más sostenibles que los combustibles fósiles, por lo que las centrales hidroeléctricas aparecían como una buena alternativa para el cambio de matriz energética. Sin embargo, actualmente está en cuestión si las hidroeléctricas tienen un efecto positivo sobre el medio ambiente, especialmente en la Cuenca Amazónica. En este sentido, el presente libro presenta un análisis crítico de las estrategias que dominan la orientación de los proyectos hidroeléctricos, sus problemas y sus posibilidades a futuro.
El libro está dividido en tres capítulos. El primer capítulo analiza el cambio de matriz energética en América Latina durante el siglo XXI, específicamente a través de las iniciativas de integración supranacional y de las alianzas bilaterales para la construcción de hidroeléctricas. El segundo capítulo analiza el sector eléctrico peruano y las hidroeléctricas, sus respectivos marcos normativos, la protección de los derechos de los pueblos indígenas en las zonas de influencia de los proyectos hidroeléctricos, así como la reforma del sector eléctrico peruano. El tercer capítulo trata el caso específico de la cuenca del Rio Marañón, como espacio estratégico para diversos proyectos hidroeléctricos desde el 2011, pero que han perdido fuerza en los últimos años por los daños a los pueblos indígenas y al medio ambiente. Finalmente, el libro tiene una sección de conclusiones a modo de resumen y una sección de recomendaciones de mejora para los proyectos hidroeléctricos.
- Primer capítulo: Integración Energética en Sudamérica
El primer capítulo parte del hecho de que las políticas de materia energética en el siglo XXI, caracterizadas porque los países más desarrollados (Estados Unidos y China) buscan abastecer su demanda energética, tuvieron grandes falencias sociales y ambientales. Por un lado, muchas poblaciones pobres aún no cuentan con acceso efectivo a servicios eléctricos. Por otro lado, las estimaciones hacia las siguientes décadas muestran que no existen condiciones para un desarrollo sostenible. La generación de electricidad, un recurso muy importante para satisfacer la demanda mundial de energía está actualmente muy asociada al uso masivo de combustibles fósiles. Por ello, en concordancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, se vuelve necesario un cambio de matriz energética más ecológica y que responda a la gran demanda de electricidad.
En América del Sur, algunos países intentaron un cambio de matriz energética a través de la Iniciativa de Integración de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA) fundada en el 2000, aprovechando las relaciones económicas con China y la explotación de recursos naturales dado sus altos precios a inicios del siglo XXI. Esta plataforma común de interconectividad estuvo enfocada en las áreas de transporte, energía y comunicaciones; lo cual fue importante para el desarrollo de las industrias extractivas. Por ejemplo, las centrales hidroeléctricas son consideradas esenciales para proveer de energía a este tipo de industrias. El IIRSA fue posteriormente absorbida por el Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento (COSIPLAN), entidad adscrita a la ya desaparecida Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR).
El resultado de los proyectos energéticos colocó a América del Sur como una de las regiones del mundo que tuvo un mayor crecimiento hidroeléctrico en el 2018. Las centrales hidroeléctricas han generado también muchos cuestionamientos sobre sus pasivos ambientales en América del Sur. El libro detalla que los estándares ambientales se han reducido y que la geografía territorial del Amazonas ha sufrido graves cambios producto de la deforestación y de la variación de los patrones de lluvia. Al mismo tiempo, los patrones de vida de los pueblos indígenas fueron perjudicados porque sus actividades básicas de subsistencia cambiaron y en algunos casos ocurrió un desplazamiento forzado. Todo ello ha generado una desconfianza extendida hacia las centrales hidroeléctricas, a pesar de que se reconoce que son una alternativa viable hacia energías limpias en América del Sur durante las dos siguientes décadas.
La desaparición de la UNASUR en los últimos años no ha detenido los proyectos hidroeléctricos, los cuales mantienen especial vigencia en los territorios amazónicos, donde existe gran demanda de infraestructura de conectividad. Los países latinoamericanos continúan interesados en impulsar las centrales hidroeléctricas para abastecer su demanda energética interna, por lo que se ha recurrido a acuerdos bilaterales. El libro de DAR nos detalla los proyectos bilaterales de interconexión eléctrica priorizados por el Perú con Brasil, Ecuador, Colombia, Bolivia y Chile. En el caso de Brasil, el marco jurídico está relacionado al Acuerdo Energético Perú-Brasil firmado en Manaos durante el 2010, cuyo objetivo fue promover la infraestructura para la generación de electricidad destinada prioritariamente al Perú. En este sentido, estuvieron previstos varios proyectos hidroeléctricos. Los pueblos indígenas lucharon contra varios de estos proyectos, como los casos de Inambari (OAS, Furnas, Eletrobras) y Pakitzapango (Odebrecht), por el impacto que esto supondría en sus estilos de vida y el consiguiente desplazamiento forzoso. La salida política para la construcción de centrales hidroeléctricas fue el Decreto Supremo 020-2011-EM, el cual buscó impulsar represas hidroeléctricas en el río Marañón, cuestión que será abordada en el capítulo tres.
- Segundo capítulo: Centrales Hidroeléctricas en el Perú
El segundo capítulo analiza los marcos regulatorios y su conexión con los derechos de los pueblos indígenas. Por un lado, el libro inicia señalando la Política Energética Nacional 2010-2040 que promueve el cambio de matriz energética basada en fuentes renovables y eficientes, siendo un factor importante la construcción de centrales hidroeléctricas. La cuenca del río Marañón aparece como un espacio central dentro de los planes hidroeléctricos. Sin embargo, esta orientación expresada en la creación de la Dirección General de Eficiencia Energética dentro del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) en el 2010, no tuvo el apoyo necesario para cumplir los planes hacia una matriz energética sostenible. Por ello, la planificación y construcción de hidroeléctricas en la Amazonía y selva central se ha dado en muchos casos sin considerar aspectos sociales y ambientales. Por otro lado, el marco normativo para la promoción de las inversiones en el sector eléctrico se encuentra conformado principalmente por la Ley de Concesiones Eléctricas (Ley 25844) y su reglamento (Decreto Supremo 009-93-EM). Estas normas fueron creadas en los años noventa, un contexto donde los impactos sobre el ambiente y los pueblos indígenas tuvieron poca importancia. Esto se evidenció en el anterior Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas (Decreto Supremo 024-94-EM), actualizado mediante Decreto Supremo 014-2019-EM46.
En relación al marco jurídico sobre pueblos indígenas, el Estado cuenta con cierta normativa al respecto. En 1995 entra en vigor para el Perú El convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en el 2007 es aprobada la Declaración de la Organización de las Naciones Unidas sobre pueblos indígenas. Posteriormente, en el 2011 es aprobada la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios (Ley 29785) y en el 2012 su respectivo reglamento (Decreto Supremo 001-2012-MC). Los procesos de consulta previa en el sector eléctrico fueron establecidos por el MINEM. Pese a alguna experiencia, a la fecha no se cuentan aún con las capacidades institucionales necesarias para realizar estos procesos en coordinación con los pueblos indígenas, pues ello implica atender a su carácter particular, incluir metodologías interculturales adecuadas e incorporar adecuadamente el acceso a la información y la transparencia.
El caso de la Central Hidroeléctrica Río Araza en Cusco durante el 2016 es la única experiencia de consulta previa vinculada a un proyecto hidroeléctrico. El MINEM estuvo a cargo de planificar dicho proceso de consulta previa, a través de su Dirección de Asuntos Ambientales Energéticos. En este sentido, se cumplieron todas las etapas procedimentales de la consulta previa, desde la identificación de la medida a examinar en el 2012, hasta la decisión de otorgar la concesión definitiva en el 2018. Los compromisos y obligaciones asumidos por el Estado peruano aparecen en el Acta de Consulta Previa, donde se detalla que los pedidos son el resarcimiento a los afectados por la Línea de Transmisión de la Comunidad Campesina de Sahuancay, mantener el caudal ecológico de las aguas del río establecido por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), etc.
El capítulo dos finaliza señalando que la reforma del sector eléctrico está a cargo del Grupo de Trabajo Multisectorial Temporal creado mediante Resolución Suprema 006-2019-EM. El fin de este grupo es facilitar el cierre de la brecha correspondiente a las grandes obras de infraestructura hidroeléctrica y satisfacer la demanda energética actual. Para ello se tienen que elaborar medidas relacionadas a los estándares y buenas prácticas internacionales, así como plantear propuestas de operaciones sostenibles bajo los principios de predictibilidad, seguridad jurídica e igualdad. Asimismo, es importante que el marco normativo del subsector eléctrico sea modificado para incorporar lo concerniente al acceso a la información, participación, justicia ambiental, transparencia, rendición de cuentas y planificación participativa con las poblaciones afectadas por los proyectos.
- Tercer capítulo: Situación actual de las centrales hidroeléctricas en la cuenca del río Marañón
El tercer capítulo se concentra en los graves impactos ambientales de los proyectos y en la oposición de los pueblos indígenas y la sociedad civil a ellos. La cuenca del río Marañón es un territorio estratégico para la construcción de veinte centrales hidroeléctricas por la oportunidad de crecimiento económico y de cambio de matriz energética, razón por la cual los sucesivos gobiernos han mantenido interés por impulsar dichas centrales. Entonces, en base al Decreto Supremo 020-2011-EM, el MINEM realizó estudios técnico-económicos que permitirían la construcción de las centrales hidroeléctricas. DAR realizó solicitudes de acceso a la información pública a distintas instituciones públicas, con el fin de verificar la situación real de los proyectos de centrales hidroeléctricas. Únicamente el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) respondió de manera afirmativa sobre el pedido de información. El resto de instituciones, como la Dirección General de Electricidad del MINEM y el Gobierno Regional de Amazonas, indicaron que no existía ninguna información sobre las centrales hidroeléctricas. En base a la información recabada, que incluye documentos públicos, investigaciones científicas y páginas virtuales oficiales, se generó un análisis sobre los factores que llevaron a que las comunidades indígenas y la población en general se opusieran a determinados proyectos hidroeléctricos.
El caso de la central hidroeléctrica Veracruz, ubicada en el límite de las regiones Cajamarca y Amazonas, ha presentado una gran resistencia social debido a sus impactos ambientales. Por un lado, la construcción de este proyecto genera elementos que contaminan el agua y disminuyen su calidad. En consecuencia, la ruta migratoria de los peces se altera, lo que perjudica a los pueblos indígenas pues esta es una de las principales fuentes de su alimentación. Por otro lado, la construcción de la hidroeléctrica y de toda la infraestructura alrededor de ella trae consigo el problema de la gran emisión de gases de efecto invernadero, afectando zonas agrícolas y grandes porciones de bosques. La cuestionada sostenibilidad ambiental de este proyecto hace necesario reconsiderar su viabilidad. Ahora, ante la pérdida de vigencia de certificación ambiental, es necesario que el nuevo proceso que se inicie de revisión de su instrumento de gestión ambiental integre las observaciones y demandas de sociedad civil y comunidades afectadas.
El caso de la central hidroeléctrica Chadín II, ubicado también en el límite de las regiones Amazonas y Cajamarca, puede afectar a las comunidades indígenas, a los ecosistemas naturales y a las especies biológicas alrededor del proyecto. La vida en el territorio se vería afectada por la inundación de grandes porciones de bosques amazónicos, un equivalente a tres veces la extensión de San Isidro en Lima. Esto obligaría al desplazamiento de las comunidades campesinas, además de causar posibles daños en sitios arqueológicos. Tomando en cuenta estos y otros aspectos, el MINEM, a través de la Dirección de Asuntos Ambientales Energéticos en el 2013 hizo más de 161 observaciones al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto, y a pesar de ello decidió aprobarlo. Las rondas campesinas de Celendín se quejaron administrativamente por una serie de fallas en el proyecto, pero el MINEM no incorporó sus intereses de participación. Los conflictos sociales entonces se dieron en el 2015, causando consecuencias negativas para las comunidades campesinas: seis personas heridas, cuatro personas perseguidas judicialmente, trece detenidos y un muerto. Ante este escenario, luego de la perdida de vigencia de la certificación ambiental, es necesario que el proyecto Chadín II incorpore medidas de conservación o mitigación sociales y ambientales si se inicia un nuevo proceso conducido por SENACE.
El caso de la central hidroeléctrica Lorena, ubicado en Bagua en el departamento de Amazonas, ocasionaría la destrucción de los territorios indígenas que ocupan las poblaciones Awajún y Wampis. Asimismo, la vida animal se vería drásticamente impactada, habría desplazamiento hacia zonas no aptas para el desarrollo de los pueblos indígenas, existen restos de valor arqueológico y paleontológico que podrían estar en peligro, y no se ha contemplado efectivizar el derecho a la consulta previa para este proyecto hidroeléctrico. En consecuencia, en el 2016 se constituyó un comité de lucha frente a las amenazas de proyectos hidroeléctricos en torno al rio Marañón en territorio del pueblo Awajún, con el propósito de proteger el bosque. En marzo de 2017, la Asamblea de los Jefes Líderes y Lideresas del Pueblo Awajún y Wampis emitieron un pronunciamiento en el que visibilizaron las amenazas a sus derechos colectivos por la intervención de proyectos de inversión de gran envergadura, incluido la central hidroeléctrica Lorena.
Las centrales hidroeléctricas Río Grande I y II, ubicadas entre las regiones de La Libertad, Amazonas y Cajamarca, ocasionarían la alteración del caudal natural de la cuenca del río Marañón y los sistemas biológicos de los peces. El daño ecológico produciría un mayor volumen de gases contaminantes. Además, la agricultura de las regiones adyacentes al proyecto sería afectada pues los terrenos serían inundados. Este y otros casos de hidroeléctricas, en la cuenca media-baja del río Marañón, muestran una falta de una identificación integral de los posibles impactos sociales y ambientales, lo que revela a su vez la inexistencia de una evaluación estratégica. A pesar de que no se encuentran activas estas centrales, presentan un riesgo si es que se intentan activar nuevamente y no se contemplan efectivos mecanismos de mitigación de impactos sociales y ambientales, así como de respeto de los derechos las comunidades locales. Finalmente, si bien existen otras centrales hidroeléctricas que, si bien no tienen una influencia directa sobre la cuenca hidrográfica en torno al río Marañón, tienen un impacto directo sobre sus afluentes y comparten algunos de sus problemas.
- Conclusiones y Recomendaciones
Los espacios de integración sudamericano a inicios del siglo XXI relacionados a iniciativas de infraestructura para generación hidroeléctrica estaban pensados más en beneficiar las necesidades del mercado brasilero. Ante el decaimiento de las narrativas e institucionalidad integracionistas, el Estado peruano siguió con su esquema de integración eléctrica bilateral, donde muchas iniciativas siguen aún presentes en la agenda de promoción de inversiones del Estado.
Una siguiente conclusión apunta en las deficiencias para el bienestar de los pueblos indígenas y el medio ambiente del marco jurídico de las centrales hidroeléctricas, especialmente en la regulación ambiental, lo que plantea actualmente la reforma del sector energético. Finalmente, los proyectos hidroeléctricos en torno al río Marañón han estado marcados por una serie de conflictos alrededor de ellos, debido a sus potenciales impactos sociales y ambientales con los pueblos indígenas. Vale la pena mencionar el estado (2020) de los principales proyectos hidroeléctricos analizados.
Este estudio finaliza con una sección de recomendaciones a futuro. En primer lugar, sobre las reformas institucionales, se recomienda realizar cambios para asegurar la participación de los pueblos indígenas y los gobiernos subnacionales, así como incorporar criterios de transparencia, de interculturalidad y de enfoque de género. Los funcionarios públicos a cargo de los procesos de participación deben estar capacitados adecuadamente con estos criterios. Específicamente al MINEM se le recomienda publicar en su web información sobre los expedientes de concesión, así como dar a conocer los expedientes de los estudios ambientales en el marco de sus competencias, de manera desagregada por proyecto y por región. Además, todas las resoluciones finales de cada proceso de participación ciudadana deben ser publicadas y compartidas socialmente.
En segundo lugar, acerca de la planificación de los recursos naturales, se recomienda realizar un análisis ambiental y social integral de la cuenca del río Marañón para comprender el impacto conjunto de todos los proyectos de centrales hidroeléctricas. Esto permitirá que los proyectos puedan ser planificados y formulados con un enfoque preventivo que contribuya al bienestar de las poblaciones afectadas y reduzca lo menos posible el impacto sobre el medio ambiente. Los impactos de la pandemia del COVID-19 hacen más urgente el desarrollo de indicadores y metodologías que pongan especial atención en la salud de las personas.
En tercer lugar, sobre la participación ciudadana, se recomienda contar con información sistematizada y actualizada sobre las opiniones de las poblaciones consultadas. Además, la información de los proyectos y sus impactos tienen que ser accesibles para todos, por lo que el lenguaje técnico tiene que ser transformado a uno sencillo que sea de comprensión general. El objetivo principal es evitar la conflictividad social, por lo que es prioritario que las poblaciones afectadas sean parte del proceso de participación desde las etapas iniciales hasta las últimas. En cuarto lugar, la consulta previa requiere del trabajo conjunto con otros sectores del Estado como el Ministerio de Cultura para validar el recojo de información sobre pueblos indígenas y comunidades. Finalmente, los actores con intereses en torno a las centrales hidroeléctricas deben confluir en espacios comunes para elaborar estrategias que permitan contribuir a una mejor gobernanza de los recursos energéticos, reducir la pobreza, generar opciones de desarrollo local, sin vulnerar los derechos humanos, de los pueblos indígenas y proteger el medio ambiente.
Referencias Bibliográficas:
[i] Véase:
https://www.iadb.org/es/project/EC-T1438
[ii] Véase:
[iii] Ibídem.