Acuerdo de Escazú: urgente ratificación

Jun 5, 2018 | Comunidad Informativa, DAR Opina, Energía Sostenible, Noticias, Principio 10, Transparencia

Escribe:Aída Gamboa Balbín.

Las amenazas y asesinatos se incrementan en el mundo para aquellos que defienden los derechos humanos. Según informe de Front Line Defenders, en 2017, 312 defensores/as en 27 países fueron asesinados, de los cuales, 212 (es decir, el 67,9% del total) se registran en Latinoamérica y el Caribe (LAC). Asimismo, el 67% de las víctimas defendía derechos sobre la tierra, al medio ambiente y de los pueblos indígenas, casi siempre en el contexto de actividades de industrias extractivas, megaproyectos y grandes empresas. Por su parte, la investigación de Global Witness en 35 países evidenció alto grado de violencia y muerte de las y los defensores: entre 2002 y 2015, se habían asesinado más de 1100 defensores del medio ambiente. En 2015, el promedio en los países investigados fue de tres asesinatos por semana.

Urgen, entonces, medidas de protección para los defensores de derechos humanos, y en especial a “las personas y grupos de personas que se esfuerzan por proteger y promover los derechos humanos relacionados con el medio ambiente”. En efecto, para John Knox, Relator Especial sobre las obligaciones de derechos humanos relativas al disfrute de un medio ambiente seguro, limpio, sano y sostenible de las Naciones Unidas (ONU), estas personas y grupos “se encuentran entre los defensores de los derechos humanos más expuestos a riesgos, los cuales son particularmente graves para los pueblos indígenas y las comunidades tradicionales que dependen del medio natural para su subsistencia y su cultura”.

Michael Forst, el Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos de la ONU señala que “‘los derechos ambientales y sobre la tierra están interrelacionados y a menudo son inseparables. Por consiguiente, las dos grandes categorías de defensores de los derechos ambientales y defensores de los derechos sobre la tierra suelen definirse bajo las expresiones ‘defensores de los derechos ambientales y sobre la tierra’, ‘defensores de los derechos ambientales o simplemente ‘activistas ambientales’“.

El pasado 7 de marzo, 24 países de América Latina y el Caribe aprobaron un instrumento muy importante para la protección de los defensores ambientales: el Acuerdo de Escazú (Principio 10 de la Declaración de Río). Instrumento que necesita ser ratificado, aprobado o adherido por 11 países para que entre vigor, durante dos años, desde setiembre de 2018 a setiembre de 2020.

Lo innovador de este Acuerdo, es que justamente es el primer tratado en derechos humanos ambientales de LAC que incorpora un artículo con disposiciones para los defensores del medio ambiente y una definición sobre personas o grupos en situación de vulnerabilidad relacionados a estos derechos. El instrumento proporciona disposiciones para el acceso a la información ambiental efectiva,  la participación temprana desde el diseño de un proyecto de explotación de recursos naturales hasta la implementación y  el acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.

Esto se engarza con los esfuerzos que se han hecho en el país como la aprobación del Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021 y el Pacto de Madre de Dios[1], para asegurar la justicia para los defensores en derechos humanos. En especial, el Acuerdo tiene varias sinergias con estos instrumentos en el acceso a la justicia, instando a los Estados a incorporar (i) mecanismos de sistematización y difusión de las decisiones judiciales y administrativas que correspondan; (ii) el uso de la interpretación o la traducción de idiomas distintos a los oficiales cuando sea necesario para el ejercicio de la justicia, (iii) atender las necesidades de las personas o grupos en situación de vulnerabilidad mediante el establecimiento de mecanismos de apoyo, incluida la asistencia técnica y jurídica gratuita, según corresponda.

Estas medidas serán fundamentales para implementar el registro nacional de personas o grupos en situación de vulnerabilidad que se encuentran amenazados en el ejercicio de sus derechos ambientales, así como de aquellos que han sido asesinados y las causas que lo han originado. Por ello, desde sociedad civil demandamos que este acuerdo regional sea ratificado prontamente por nuestro Congreso de la República, para apoyar a reducir los conflictos socioambientales y a que no se produzcan más hechos lamentables como los de Bagua, Las Bambas, Tía María, la muerte de Edwin Chota que aun no alcanza justicia y otras tantas.


[1] Firmado por el Poder Judicial, a Fiscalía de la Nación, Ministerios del Ambiente, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Agricultura y Riego, DAR, entre otras instituciones.