En la última década, China y América Latina han fortalecido sus relaciones a nivel comercial y diplomático, lo cual se ha materializado en un incremento en el flujo de inversiones de origen chino en sectores estratégicos para la economía como el sector infraestructura y energía. La implementación de estos proyectos representa un gran desafío pues se localizan en una de las zonas más biodiversas del planeta: la cuenca amazónica.
Con el fin de contribuir al debate en torno a los desafíos que enfrentan las empresas y/o inversionistas provenientes de China en la Cuenca Amazónica, en particular a los derechos indígenas que deben ser reconocidos y respetados en este contexto de inversión, DAR con la asistencia técnica de ISLP, elaboró el reporte “Derechos Indígenas e Inversiones: compromisos pendientes para sus relaciones internacionales”. El documento fue presentado el pasado 16 de junio en el marco del evento “Derechos Indígenas e Inversiones Chinas: perspectivas desde la Amazonía” organizado, por Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), International Senior Lawyer Project (ISLP), la COICA (Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica), la Plataforma Indígena Amazónica de Seguimiento a las Inversiones Chinas, la Coalición Regional por la Transparencia y la Participación, el Grupo Regional sobre Financiamiento e Infraestructura (GREFI), la COICA (Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica).
El evento contó con la participación del Coordinador de Territorios de la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA), Elcio Machineri, quien instó al Gobierno de China a cumplir con las recomendaciones planteadas por la COICA en el Informe EPU presentado ante Naciones Unidas en 2018, y a respetar los derechos indígenas de la cuenca amazónica. Machineri recalcó la importancia de aplicar el principio de extraterritorialidad para la protección efectiva de los derechos humanos, así como la necesidad de que tanto el Estado, Inversionista y Empresa respeten la legislación interna en materia social y ambiental, y el marco internacional de derechos humanos. Finalmente, enfatizó que desde las organizaciones indígenas no están en contra del desarrollo de la cuenca amazónica, si no que buscan la promoción de un desarrollo que respete los derechos indígenas, y que considere el aspecto social, más allá del mero componente económico.
Por su parte, el SubJefe de COMARU, José Alberto Kaibi Omenki, señaló que a pesar de que China ha participado de forma continua en espacios de las Naciones Unidas, la implementación de las salvaguardas ambientales ha alcanzado sólo el plano declarativo, siendo aún un tema pendiente la creación de normas a instituciones que promuevan y fiscalicen su cumplimiento. Kaibi Omenki hizo referencia al Lote 58, lote del sector hidrocarburos ubicado en la zona amazónica de Cusco, e la que se observa el incumplimiento de la consulta previa. Señaló que el Lote 58 impacta negativamente áreas naturales protegidas por el estado, asimismo, que los pueblos indígenas no están siendo reconocidos en los procesos de compensación que se están desarrollando. Ante esta situación, en alianza con DAR, las organizaciones indígenas del Perú han creado la plataforma indígena amazónica para el seguimiento de las inversiones chinas. Esta plataforma tiene como finalidad articular y fortalecer las acciones de seguimiento sobre inversiones chinas que se desarrollan en toda la Amazonía, en aras de la protección de derechos de las poblaciones indígenas y el desarrollo sostenible, enfocándose principalmente en el respeto de la consulta previa, participación, y los derechos colectivos indígenas. Finalmente instó a que los inversionistas respeten derechos colectivos reconocidos por el Perú y que en coordinación con COMARU, la empresa y el estado planifique el proceso de consulta previa en el Lote 58. Del mismo que lo mencionado por Elcio Machineri, afirmó que no se oponen a la inversión, sino que buscan el respeto de los derechos indígenas.
Romy Castillo, consultora de DAR y co-autora del reporte, señaló que el objetivo de esta publicación se centró en analizar las obligaciones de China para evaluar su cumplimiento y exigencia en materia de derechos humanos. Del mismo modo, enfatizó que, a pesar del marco jurídico internacional, China ha vulnerado de forma sistemática los derechos humanos de las poblaciones indígenas en la cuenca amazónica. Igualmente, si bien existen mecanismos como el Informe EPU que contribuye a evidenciar las vulneraciones a los derechos humanos, y a plantear recomendaciones, se debe alternativamente recurrir a otras herramientas en el plano jurídico internacional que tengan naturaleza obligatoria.
Por su parte, Leonardo Crippa, Senior Attorney de Indian Law Resource Center, enfatizó la importancia de que el derecho interno peruano provea protección eficaz al derecho de dominio pleno o propiedad colectivo sobre tierras y recursos naturales indígenas. Este derecho de propiedad colectiva ha sido reconocido por la jurisprudencia de la Corte IDH, así como por la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas (2007) y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2016). Asimismo, señaló que otro derecho cuya protección es fundamental, y que también se encuentra reconocido en el marco del derecho internacional público es el derecho al autogobierno de las comunidades indígenas. Este derecho surge del ejercicio natural del derecho a la libre determinación e implica la autodeterminación de instituciones sociales, legales y políticas sin interferencia del Estado.
Por otro lado, al referirse al rol de las instituciones financieras internacionales (IFIS) en un contexto de financiamiento a proyectos de inversión con potencial impacto, Leonardo Crippa hizo referencia a la importancia de las salvaguardas de las IFIS. Mencionó en particular el importante rol de las AIDESEP en la revisión y actualización de salvaguardas del BID, el cual incorporó aportes de las organizaciones indígenas respeto al derecho colectivo al territorio de los pueblos indígenas, así como el uso de los protocolos de consultas elaborado por las comunidades indígenas, y la aplicación de todas las garantías del debido proceso al proceso de consulta previa. Finalmente, señaló la iniciativa que está surgiendo en la región de que en contextos de inversión sea necesario elaborar un estudio de impacto en los derechos humanos de las personas que serían afectadas por el proyecto, adicionalmente al estudio de impacto ambiental que es solicitado en estas inversiones.
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