Lima, 04 de octubre del 2018.- Luego de tres meses de proceso participativo realizado a nivel nacional para construir la propuesta, Minam concluye los talleres de recojo de aportes y aprueba la prepublicación del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático, mediante Resolución Ministerial Nº 339-2018-MINAM, publicada el domingo pasado; dando un plazo de 10 días hábiles para recibir comentarios a esta última versión del texto.
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En la propuesta de Reglamento se observa que se deberían desarrollar guías, metodologías y lineamientos técnicos para la implementación de la Ley. Las obligaciones que serían asumidas por el Minam modificarían la gestión de temas tan variados como el gobernanza del cambio climático, manejo de financiamiento climático, los procesos REDD+, los estudios de impacto ambiental, los Planes Operativos Institucionales, el Invierte.pe, la gestión de riesgos, entre varios otros.
Puntos ausentes del reglamento prepublicado, algunas observaciones preliminares:
Con relación a la composición de los espacios de coordinación de las autoridades competentes, llama la atención que la conformación y estructura de la Comisión Nacional de Alto Nivel y la Comisión Nacional de Cambio Climático, se han eliminado en la propuesta de reglamento publicada oficialmente; a pesar que en las versiones iniciales del mismo sí había textos referentes a su conformación, mandatos y gobernanza, incluso, para el caso de la Comisión Nacional de Alto Nivel, tanto los pueblos indígenas como la sociedad civil y los gobiernos regionales dieron propuestas para hacer efectiva la participación de tales actores y no solo ser restringida a algunos sectores del Estado.
La Ley Marco sobre Cambio Climático señala que la Comisión Nacional de Alto Nivel se crea mediante Decreto Supremo; para lo cual se debería tomar en cuenta los aportes de los diferentes actores mencionados para su conformación .
El proceso continúa
Diferentes grupos de instituciones de la sociedad se encuentran revisando el texto sometido a consulta pública a fin de analizar la forma final en que se ha incluido (o no) todo lo propuesto durante la fase de talleres.
Por su parte, las organizaciones indígenas que participaron del proceso han solicitado la Consulta Previa del Reglamento, por considerar que tiene efectos sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas. Es importante recordar que la Ley, tal como está diseñada, tendrá efectos en la administración de fondos climáticos, gestión forestal, proyectos de inversión, estrategia de adaptación basada en conocimientos ancestrales, entre otras.