A proyectos priorizados, evaluaciones ambientales estratégicas

Jul 14, 2016 | Comunidad Informativa, Loreto, Noticias

Esta semana se anunciaron los 17 proyectos de infraestructura que priorizaría la próxima gestión,  pero también se anunciaron los criterios y mecanismos para aplicar  evaluaciones ambientales estratégicas

eae

Lima, jueves 14 de julio de 2016.- En los últimos días, se viene anunciando en medios de comunicación  las inversiones en infraestructura de gran escala que priorizaría el próximo gobierno, que incluyen diversos proyectos de infraestructura como carreteras y centrales hidroeléctricas1.

En ese sentido, es importante llamar la atención sobre la importancia del planeamiento estratégico y el instrumento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) para disminuir los riesgos sociales y ambientales de los programas o conjunto de inversiones que se propongan.

Según el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), “la EAE es un proceso sistemático, activo y participativo que tiene como finalidad internalizar la variable ambiental en las propuestas de políticas, planes y programas (PPP) que formulen y/o actualicen las entidades públicas, usándola como una herramienta preventiva de gestión ambiental en los niveles que correspondan”[1].

En ese sentido, este martes 12 de julio se publicó la Resolución Ministerial N° 175-2016-MINAM que aprueba “Criterios y Mecanismos para la implementación del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)”, los cuales son de obligatorio cumplimiento2, y se presentan como una oportunidad para promover inversiones sostenibles y la reducción de conflictos socio-ambientales, por lo que es importante analizarla.

La EAE para internalizar la variable ambiental

El quid del asunto es entender a qué nos referimos con internalizar la variable ambiental, y esto tiene que ver con que se analicen anticipadamente los riesgos sociales y ambientales asociados a la implementación de las PPP.

Para ello, mínimamente se debe incluir en la implementación de dichos PPP los siguientes aspectos: un análisis de prioridades de los actores involucrados y tendencias sociales, económicas y ambientales en un horizonte de largo plazo; el análisis de alternativas para el cumplimiento de metas ambientales ya comprometidas nacional e internacionalmente; la capacidad de gestión pública para atender las demandas que surjan; así como los costos sociales y ambientales de implementar un conjunto de iniciativas de desarrollo en un país como el nuestro con alta conflictividad socio-ambiental.

Lo importante es promover inversiones realmente sostenibles, así como atender las  demandas estructurales de la población por la limitada presencia del Estado (i.e. acceso a agua de calidad); temas que el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), encargado de la revisión de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) para grandes inversiones no va  a resolver puesto que no está entre sus funciones, por ello la planificación de la inversión de la mano con la EAE es clave.

Entonces si nuestro próximo gobierno está pensando en invertir en infraestructura a gran escala, lo mínimo sería contar con planes de inversión sectorial o departamental, coordinados con los gobiernos regionales y actores clave de la sociedad civil para determinar con anticipación, por ejemplo, los impactos que implica tener varias centrales hidroeléctricas en una misma cuenca para la gestión integrada de recursos hídricos y la población que depende del caudal ecológico de los ríos, etc.

¿Cuándo se aplica una EAE?

Los criterios aprobados por el MINAM indican cuáles serían las PPP sujetas al proceso de EAE. En esta lista se encuentran las PPP que promueven los sectores que, por experiencia, pueden generar implicancias ambientales significativas: energía, industria, minería, construcción, vivienda, salud, urbanismo, transporte, forestal, agropecuario, agroindustrial, pesquera, recursos hídricos, comunicaciones, turismo, desarrollo territorial o uso de suelo.

El MINAM también puede solicitar la ejecución de un proceso de EAE para las PPP que resulten importantes para el interés público en materia ambiental3.

En ese sentido, una correcta aplicación de la EAE al proceso de toma de decisiones en los sectores arriba mencionados podrá apoyar en la prevención de las implicancias ambientales negativas, al intercambio de información sobre los flujos, tendencias y patrones de desarrollo y la prevención de posibles conflictos socio-ambientales que podrían generar esas decisiones.

A cumplir con la recomendación de la OCDE y promover inversiones sostenibles

Una recomendación muy puntual de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es “ampliar las evaluaciones ambientales estratégicas (EAE) a la política energética y los planes de transporte…como herramienta de planificación a largo plazo”4, la cual debería ser atendida por el nuevo gobierno que ya puso en la mesa los proyectos de inversión en estos sectores.

Al avance del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, que ha generado conocimientos y capacidades para la formulación de los planes estratégicos en los tres niveles de gobierno, aumentado y mejorado su calidad, hay que sumarle la aprobación de los criterios y mecanismos de la EAE.

En esa línea, son meritorias las coordinaciones que han venido realizando el MINAM y el CEPLAN para integrar lo ambiental en la planificación estratégica.

La mesa está servida para un proceso adecuado de toma de decisiones. Herramientas como la EAE se encuentran disponibles para que el Perú consolide su desarrollo; se comprometa con la transparencia y la gobernanza de los recursos naturales; y llegue al Bicentenario con un modelo equitativo ambientalmente.

Notas

[1] “Estos son los 17 proyectos en los que invertirá el gobierno de PPK”, publicado el 11 de julio en el Diario Perú 21

[2] Artículo 3° sobre el ámbito de aplicación de la EAE, del Anexo de la RM N° 175-2016-MINAM

[3] Artículo 4°, numeral 4.2, del Anexo de la RM N° 175-2016-MINAM

[4] Recomendación N° 10 de las Evaluaciones del desempeño ambiental PERÚ (2016), Aspectos destacados y recomendaciones. Naciones Unidas, CEPAL y OCDE.