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Carlos Quispe Dávila.
Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)
A poco tiempo del mensaje presidencial del 28 de julio, la madrugada del miércoles 22 nos recordó el costo humano de la inseguridad: diez integrantes de una misma familia (cinco de ellos menores de edad) fallecieron en un incendio en la urbanización Manzanilla, presuntamente provocado por extorsionadores que amenazaban su negocio de alquiler de motos eléctricas en Gamarra (La Victoria, Lima). Como ellos, miles de transportistas, bodegueros y comerciantes, entre tantos otros, deciden cada mañana entre pagar un cupo, cerrar sus negocios, o arriesgar la vida.
Solo entre enero y junio de 2026, el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público registró más de 12 600 denuncias por extorsión y chantaje, aproximadamente tres por hora. El 2025 cerró con más de 25 mil casos y alrededor de 2 400 homicidios. Pero las cifras cuentan solo una parte, la otra es la erosión de la confianza. En Lima Metropolitana, la confianza en la Policía cayó de 30,4 % en 2020 a 19,3 % en mayo de 2024 (Corcuera, 2026, p. 40). Cuando esa confianza se quiebra, la seguridad deja de exigirse como bien público y se resuelve por cuenta propia; de esta manera, crece el respaldo a salidas punitivas y autoritarias, quienes pueden pagarla se repliegan tras rejas y seguridad privada, y quienes no, hacia la justicia por mano propia. Todo esto implica, como se viene observando en la región, una redefinición de la relación entre ciudadanía y Estado (Dammert, 2012; Dammert & Sarmiento, 2019).
Este escenario no puede entenderse al margen de la expansión de las economías ilícitas, sobre todo en los espacios transfronterizos. Diversas investigaciones documentan cómo en la triple frontera con Colombia y Ecuador, y en el Putumayo, grupos armados cobran “impuestos”, regulan el comercio e “imparten justicia”; en suma, una gobernanza criminal que reemplaza al Estado allí donde este nunca llegó, se retiró o su ausencia es “estratégica” (Amazon Underworld & Amazon Watch, 2025; Dammert, 2025; Idler, 2021). Leídos junto con los anuncios de una “guerra contra el narcoterrorismo” en los países vecinos, esos hallazgos advierten que la presión sobre estos grupos puede agudizar su desplazamiento hacia el Perú, generando nuevas disputas por el control territorial (Amazon Underworld & Amazon Watch, 2026).
Por eso conviene mirar con cautela las recetas de militarización o “bukelización” de la seguridad. Fortalecer la acción estatal es necesario, pero no basta allí donde el problema de fondo es la ausencia de agua, salud, educación y capacidades reales para el desarrollo (Deneulin, 2008). Las poblaciones se vinculan a las economías ilícitas cuando el Estado no ofrece alternativas de vida (Toledo Orozco & Veiga, 2018; Rivadeneyra & Florián, 2025), pero también en donde identifican prosperidad económica y suficientes vacíos que proporciona la informalidad campante (Dammert, 2025); en estos contextos, cada vez más jóvenes terminan reclutados como carne de cañón, son el eslabón más débil (quien cobra el cupo, quien es buzo en una draga minera, o quien carga la mochila con cocaína para cruzar las montañas) y también el único que suele ser capturado, mientras que quienes comandan y financian permanecen intocados.
Y lo que ocurre en la Amazonía no está lejos de lo que se vive en Lima, Trujillo, Tumbes o Piura. La dinamita que hoy se detona en la puerta de un negocio procede, en muchos casos, de campamentos mineros ilegales; mientras en Ucayali el narcotráfico avanza a la par que se invaden comunidades nativas, territorios de pueblos en aislamiento y áreas naturales protegidas. La altísima rentabilidad de estas economías -cerca de USD 200 mil millones movilizados entre 2015 y 2025 (UIF, 2025)- explica la proliferación de actores criminales que conectan la selva con las ciudades (Zevallos Trigoso, 2022) y que sofistican su actividad, como advierte la Policía al identificar el uso de dinamita a control remoto para extorsionar (Infobae, 2025) o como también se refleja en el uso de drones para vigilar y atacar puestos militares (Drazer, 2025). ¿Quién responde por esos territorios?
Ahora bien, ninguna pena, por severa que sea, alcanza a quien no ha sido investigado. Conviene precisar aquí una frustración ciudadana muy extendida. La Policía puede capturar a quien está dejando una bomba en un colegio con un mensaje extorsivo, sin embargo, para llegar a quien dio la orden, financió el arma y reparte lo recaudado, hay que acreditar que existe una organización, y eso exige tiempo, escuchas, agentes encubiertos y seguimiento del dinero. Con la Ley 32138/2024 -que modificó la Ley 30077/2013, Ley contra el Crimen Organizado, ya modificada meses antes por la Ley 32108/2024 -, la definición vigente de “organización criminal” exige estructuras complejas y mayor capacidad operativa, lo que deja fuera a los delitos con penas menores de cinco años en su extremo mínimo, tales como los delitos contra los bosques y formaciones boscosas, y el tráfico ilícito de migrantes en sus formas no agravadas, así como delitos de corrupción de funcionarios. Sin esa calificación, la Fiscalía investiga con plazos ordinarios y sin las técnicas especiales del régimen de criminalidad organizada. El resultado es el que ya conocemos, se condena al eslabón más débil, reemplazado en una semana, mientras la estructura permanece intacta.
Algo similar ocurre con la dinamita, respecto de la cual tenemos que la Ley 31989/2024 derogó la disposición que facultaba a la Policía a intervenir y decomisar los explosivos en poder de mineros con inscripción suspendida en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). En la práctica, el agente que encuentra cartuchos en un campamento sin registro vigente tiene las manos atadas; y esa misma dinamita viaja luego a Trujillo o Lima convertida en instrumento de extorsión.
¿Qué podría anunciarse, entonces, el 28 de julio? Compartimos algunas ideas, realizables en el corto y mediano plazo.
Primera: devolverle al sistema de justicia la capacidad de investigar. Revisar el paquete normativo descrito (al que se suman las normas que debilitaron la colaboración eficaz, la extinción de dominio y los plazos de prescripción) y acompañar esa revisión con presupuesto, especialmente para las fiscalías especializadas contra la criminalidad organizada, delitos ambientales, y para la Unidad de Inteligencia Financiera. Sin esa base, no será posible “construir” casos, y ningún endurecimiento de penas llegará a aplicarse.
Segunda: responder a la extorsión con inteligencia, no solo con vigilancia. El Decreto Legislativo 1182/2015, modificado por la Ley 31284/2021, permite a la unidad especializada de la Policía acceder a la geolocalización de un teléfono sin orden judicial previa, incluso fuera de la flagrancia, en investigaciones preliminares por delitos contra el patrimonio como la extorsión, y obliga a las operadoras a responder en 24 horas. La Ley 32451/2025 penaliza la venta ambulatoria de chips y la activación de líneas con datos falsos, y ordenó a las entidades supervisadas a proporcionar y facilitar al OSIPTEL la trazabilidad de las contrataciones como parte de sus obligaciones. El problema es la implementación, no solo porque aun siga siendo posible comprar en las Malvinas (Lima) un chip activado a nombre de un tercero, sino también porque es necesario dotar a la Policía con peritos y tecnología. A ello se suma la Ley 32490/2025 que obliga a la Superintendencia de Banca y Seguros a verificar que el sistema financiero monitoree las transferencias hacia cuentas y billeteras digitales asociadas al cobro de “cupos”, y permite la extinción de dominio de esos fondos, de manera independiente al proceso penal. En tanto este régimen se diseñó solo para el transporte público y de mercancías, resulta oportuno contar con un balance sobre su aplicación, y en función de ello, evaluar extenderlo a otros sectores (bodegas, comercios, talleres, restaurantes, escuelas).
Tercera: necesitamos cortar la renta que financia todo lo anterior. Mientras estas economías sigan siendo tan rentables y tan fáciles de insertar en la economía formal, habrá dinero para pagar sicarios, comprar explosivos, reclutar jóvenes, pero también para tener influencia política. La Ley 32254/2025 que modificó la Ley de Organizaciones Políticas, no sólo amplió el margen de financiamiento privado en hasta un millón de soles por año, sino también permite la confidencialidad de los datos de los aportantes, lo que abre opciones para la “colocación” de diversos aportantes en marco de campañas políticas con la finalidad de asegurarse de tener influencia política en puestos de toma de decisión.
Si consideramos que en 2025 el Perú exportó 209 toneladas de oro y solo unas 109 figuran como producción declarada; es decir, cerca de 100 toneladas, más de USD 11 mil millones, se encuentran sin origen conocido (Instituto Peruano de Economía, 2025). Resulta evidente que es necesario realizar acciones directas ante el avance de la minería ilícita. Una medida a considerar consiste en reforzar el control aduanero con muestreo aleatorio y análisis de laboratorio a fin de distinguir el oro filoniano (de veta) del aluvial o fluvial, extraído de ríos y cuerpos de agua, prohibido por el Decreto Legislativo 1100/2012. El resultado no acredita por sí solo un delito, pero aporta un indicio para retener un cargamento mientras se verifica su procedencia. Es una ruta de mediano plazo que algunos países vecinos vienen implementando: el Servicio Geológico Colombiano la viene ensayando bajo el nombre de “huella digital” (La Silla Vacía, 2026).
En lo inmediato debería impulsarse el intercambio, en tiempo real, de los registros de la Sunat, la Sucamec y el Minem sobre mercurio, explosivos e insumos químicos, y destrabar el registro obligatorio de maquinaria pesada, aprobado en primera votación por el Congreso (en dictamen que acumula los proyectos de ley 6470/2023 y 7067/2023). Sin retroexcavadoras ni dragas no hay minería ilegal a gran escala, y un registro permite identificar a quienes las proveen, alquilan y financian, no solo a quienes las operan.
El 28 de julio puede ser algo más que un discurso. Puede abarcar una convocatoria a un acuerdo multiactor (Ejecutivo, Congreso, sistema de justicia, gobiernos subnacionales, organizaciones indígenas, gremios empresariales y sindicales, y sociedad civil) con metas claras en prevención, persecución penal estratégica y presencia estatal integral. La ciudadanía que hoy regresa a sus casas con temor, aquellos que toman microbuses y eligen los asientos más alejados del asiento del conductor, quienes han decidido emprender, y en general, todos, todas, no merecemos mensajes retóricos, sino propuestas de un Estado que llegue antes que el crimen y que lo enfrente estratégicamente para no dejarlo impune. Ese sería el mejor anuncio.
Referencias
Amazon Underworld & Amazon Watch. (2025). En las sombras del Estado: Economías ilícitas y control armado en la trifrontera de Colombia, Ecuador y Perú. https://amazonwatch.org/assets/files/2025-en-las-sombras-del-estado.pdf
Amazon Underworld & Amazon Watch (2026). Triple amenaza: Geopolítica, economías ilícitas y los riesgos de la “guerra contra el narcoterrorismo” en la triple frontera Colombia-Ecuador-Perú. https://amazonwatch.org/assets/files/2026-triple-amenaza.pdf
Corcuera, J. (2026). Extorsión. El negocio del miedo. Lima: Aguilar.
Dammert, L. (2012). Fear and crime in Latin America: Redefining state-society relations. Routledge.
Dammert, L., & Sarmiento, K. (2019). Corruption, organized crime, and regional governments in Peru. En R. I. Rotberg (Ed.), Corruption in Latin America: How politicians and corporations steal from citizens (pp. 179–204). Springer.
Dammert, L. (2025). Anatomía del poder ilegal. Violencia, crimen organizado y corrupción en América Latina. Santiago de Chile: Ariel.
Deneulin, Severine (2008). Beyond individual freedom and agency: Structures of living together in Sen’s capability approach to development.
Drazer, M. (2025). Drones al servicio de la criminalidad: ¿carrera sin freno?. Deutsche Welle. https://www.dw.com/es/drones-al-servicio-de-la-criminalidad-carrera-sin-freno/a-71705997
Global Initiative Against Transnational Organized Crime. (2023). Global Organized Crime Index 2023.
Idler, A. (2021). Fronteras rojas: Una mirada al conflicto y el crimen desde los márgenes de Colombia, Ecuador y Venezuela. Penguin Random House.
Infobae (2025). “Aumenta uso de dinamita y explosivos en extorsionadores y ahora hacen detonar dispositivos a distancia”. https://www.infobae.com/peru/2025/02/11/aumenta-uso-de-dinamita-y-explosivos-en-extorsionadores-y-ahora-hacen-detonar-dispositivos-a-distancia/
Instituto Peruano de Economía. (2025). El avance de la minería ilegal en Perú. https://ipe.org.pe/el-avance-de-la-mineria-ilegal-en-peru/
La Silla Vacía. (2026, 27 de marzo). Servicio Geológico le apuesta a la trazabilidad del oro con “Huella Digital”. https://www.lasillavacia.com/silla-amazonia/amazonia-en-breve/servicio-geologico-le-apuesta-a-la-trazabilidad-del-oro-con-huella-digital/
Ministerio Público Fiscalía de la Nación (2026). Ministerio Público reporta más de 12 mil delitos denunciados por extorsión durante el primer semestre de 2026. https://www.gob.pe/institucion/mpfn/noticias/1420343-ministerio-publico-reporta-mas-de-12-mil-delitos-denunciados-por-extorsion-durante-el-primer-semestre-de-2026
Rivadeneyra, G. & J. Florián (2025). Oro Sombra. La expansión de la minería ilegal y sus efectos en la cuenca del río Nanay, con énfasis en las mujeres. Lima: DAR. https://dar.org.pe/wp-content/uploads/2025/10/Cartilla-Oro-Sombra-La-expansion-de-la-mineria-ilegal_VF-1_PARA-REDES.pdf
Toledo, Z., & Veiga, M. (2018). Locals’ attitudes toward artisanal and large-scale mining—A case study of Tambogrande, Peru. The Extractive Industries and Society, 5(2), 327–334.
Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. (2025). Boletín estadístico, enero 2025. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Zevallos Trigoso, N. (2022). Mercado de la cocaína: Fronteras (i)legales de la producción y comercio en el Perú. Instituto de Criminología y Estudios sobre la Violencia.


