Lima, 11 de diciembre de 2017.- El pasado 7 de diciembre se presentaron dos proyectos de Ley que tendrían como objetivo proteger los derechos de los pueblos indígenas. Por un lado el “PROYECTO DE LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DE LOS ARTÍCULOS 43 Y 89 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, REFERIDOS A LA PLURINACIONALIDAD Y EL RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS” y, por otro, el “PROYECTO DE LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD NACIONAL E INTERÉS SOCIAL LA TITULACIÓN DE COMUNIDADES NATIVAS Y CAMPESINAS”.
Ambos textos buscan reconocer las diferencias culturales y el estado de vulnerabilidad de las poblaciones indígenas en nuestro país. Sin embargo, el mismo día se aprobó en segunda votación la propuesta de “LEY QUE DECLARA DE PRIORIDAD E INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS EN ZONAS DE FRONTERA Y EL MANTENIMIENTO DE TROCHAS CARROZABLES EN LA REGIÓN UCAYALI”.
La mencionada propuesta de Ley se fundamenta en que las causas más importantes que impiden el desarrollo de la región Ucayali es “la ausencia de carreteras que integren a los diversos distritos permitiendo un tránsito fluido hacia las zonas de frontera con la finalidad de comercializar los diferentes productos” y en que “La superación de la pobreza que asola a esta región está vinculada al insuficiente desarrollo vial y a la falta de integración de sus diferentes distritos y centros poblados”; sin considerar, justamente, la pluriculturalidad de las comunidades indígenas que se encuentran en región Ucayali y que serían afectadas por la imposición de un concepto de desarrollo e integración regional alejado de sus usos y costumbres.
En efecto, la aprobación, por segunda legislatura, del Proyecto de Ley N° 1123/2016-CR que promueve un eje vial de conectividad terrestre en la región Ucayali, carece de las opiniones de aprobación del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP), el Ministerio de Salud, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Cultura y de Defensoría del Pueblo. Tampoco se estimó la opinión de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso, pese a su legítima intervención para estos casos.
Bajo ese marco, la iniciativa legislativa podría ser un factor de riesgo porque implicaría la desaparición forzada de los pueblos indígenas en condición de aislamiento y en contacto inicial (PIACI), por ser grupos de extrema vulnerabilidad. Asimismo, acrecentaría determinadas actividades ilícitas como la minería ilegal, la tala ilegal, el comercio de fauna y carne de monte, abriendo la puerta a la invasión de tierras indígenas por madereros y mineros, provocando la generación de serios conflictos sociales.
En el ámbito social, como se aprecia de las consecuencias de la Carretera Interoceánica Sur, provocaría la generación masiva de tráfico sexual de menores y el crecimiento urbano desordenado debido a la migración en la región Ucayali. En cuanto a efectos indirectos, la construcción de dicha carretera en una zona de alto índice de biodiversidad y capa forestal, podría provocar la degradación y el agotamiento de bienes y servicios ambientales.
Por último, es importante articular el trabajo de los propios poderes del Estado y, sobre todo, trabajar en la planificación del desarrollo del país considerando el enfoque intercultural. En ese escenario, solicitamos, con especial atención al Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, para que observe el Proyecto Legislativo N° 1123/2016-CR, por los efectos adversos que provocaría el proyecto de infraestructura vial en la región Ucayali.
Nota del Editor.
Se debe recordar que el 14 de septiembre de este año también se presentó el Proyecto de Ley 1893/2017-CR que “Declara de necesidad pública y de interés nacional la construcción de la carretera de integración regional Madre de Dios, tramo: Puerto Maldonado, Mazuco, Limonchayoc, Gamitana-Salvación”.