Por Denisse Linares
Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)

Los océanos son ecosistemas interconectados que juegan un rol crucial en la regulación del clima y en la sostenibilidad de la vida, tanto marina como humana. Representan el 93.4% de la hidrósfera y cubren gran parte del planeta: aproximadamente el 61% en el hemisferio norte y el 81% en el hemisferio sur (Ñáñez, 2003).

Sin embargo, hoy estos ecosistemas enfrentan amenazas cada vez más graves. El cambio climático y la contaminación han hecho que los océanos absorban entre el 20% y el 30% de las emisiones de dióxido de carbono generadas por actividades humanas en los últimos 40 años, lo que ha provocado acidificación, pérdida de oxígeno y alteraciones en la disponibilidad de nutrientes, afectando de manera crítica la distribución y abundancia de la vida marina, tanto en las zonas costeras como en el océano abierto y el fondo marino (Pörtner, 2021).

Ante esta situación, es imprescindible regular las actividades humanas para detener el deterioro de estos ecosistemas y evitar daños mayores. Por ello, la reciente adhesión del Perú al Tratado de Alta Mar representa una muy buena noticia para la biodiversidad marina. Este tratado internacional vinculante busca precisamente regular las aguas que se encuentran más allá de las 200 millas de cada país, conocidas como aguas internacionales o áreas fuera de las jurisdicciones nacionales (ABNJ, por sus siglas en inglés).

La alta mar cubre el 43% de la superficie de la Tierra y alberga una biodiversidad impresionante. Sin embargo, hasta ahora ha carecido de mecanismos efectivos de protección: menos del 1% de estas áreas están total o altamente protegidas (Parlamentarios por la Acción Global, 2025), lo que las deja extremadamente vulnerables frente a las presiones humanas.

FIGURA 1. Ubicación y cobertura de las ABNJ en el mundo (Fuente: Wikimedia Commons, Recuperado de UICN)

El Tratado de Alta Mar abre nuevas oportunidades para la conservación de la biodiversidad marina, tanto a nivel global como nacional. Según Caicedo et al. (2024), este Tratado permitirá, entre otras cosas:

  1. Crear la Conferencia de las Partes, que será el órgano encargado de conservar y gestionar la biodiversidad en las ABNJ.
  2. Complementar las normas internacionales sobre transporte marítimo, sumándose a los esfuerzos de la Organización Marítima Internacional (OMI) para prevenir la contaminación de los mares.
  3. Contribuir al cumplimiento de metas clave del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y el Marco Global Kunming-Montreal, incluyendo la protección del 30% de los océanos al 2030 (la Meta 30×30), tales como proteger los recursos genéticos marinos, impulsar herramientas de gestión como las áreas marinas protegidas, las evaluaciones de impacto ambiental, la construcción de capacidades y la transferencia de tecnología.
  4. Implementar un fondo para apoyar a los países en la aplicación del tratado.

No obstante, es importante precisar que, por consenso, el Tratado no regula las actividades pesqueras. Estas seguirán bajo la competencia de otros organismos como las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP), responsables -entre otros- de evaluar y diseñar medidas de manejo de los recursos pesqueros (Caicedo et al., 2024).

La participación del Perú en este tratado es un paso fundamental para fortalecer la gobernanza internacional de los océanos y avanzar hacia la protección efectiva de la biodiversidad marina que además vela por la seguridad alimentaria de las personas, dado que son ecosistemas que proveen de alimentos y con ello una dinámica social alrededor del mar. Ahora, el reto está en asegurar su pronta ratificación y su implementación efectiva, para que esta buena noticia se traduzca en acciones concretas por la salud de nuestros océanos y la vida que en ellos habita

 

Referencias bibliográficas

Caicedo, S. A. J., Arce, K. A., Chaves, M. R., Barquero, M. Á., & Duran, R. (2024). Documento guía para la comprensión del Tratado de las Naciones Unidas para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en las áreas más allá de la jurisdicción nacional. 21.

Ñáñez, E. (2003). Cambio climático y océanos, desafíos para el siglo XXI. Umbral Científico, 3, 25-41.

Parlamentarios por la acción global. (2025). El Tratado de Alta Mar: Un Acuerdo Histórico Para Proteger El Océano.

Pörtner, H.-O. (2021). El papel de los océanos en el contexto de un clima cambiante. Boletín de la OMM, 70. https://repositorio.aemet.es/bitstream/20.500.11765/13595/1/Boletin_OMM-70_1%287%29.pdf

Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN). (2022). Governing areas beyond national jurisdiction. IUCN. https://www.iucn.org/resources/issues-brief/governing-areas-beyond-national-jurisdiction