Intensifiquemos la lucha frente al cambio climático: Hidrocarburos y derechos en la Amazonía

Nov 21, 2024 | ANP, DAR Opina, derechos indigenas, Energía Renovables, extractivas, gestion ambiental, Gestión Socio - Ambiental, hidrocarbonetos

Por: Cristina López Wong
Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)

La actualidad nos muestra una vez más al Perú como un país de contradicciones. Mientras el Estado peruano se encuentra renovando sus compromisos para la lucha contra el cambio climático en Azerbaiyán, como parte de la cumbre mundial sobre cambio climático COP 29; a la par, se presenta hoy en el Latin America & Caribbean Energy Summit, en Uruguay, insistiendo en ofertar áreas promocionales de hidrocarburos en zonas con protección legal en el Perú como el Parque Nacional Bahuaja Sonene, cuya protección es esencial para mantener capturados gases de efecto invernadero (GEI). 

En relación a la COP 29, el desafío planteado para reducir 4000 millones de toneladas de CO2 de la atmósfera necesita de un real compromiso político y recursos disponibles, especialmente para los países en desarrollo. Para ello, se debe invertir la situación existente de incremento de emisiones y lograr consenso sobre un nuevo objetivo global de financiación climática para el cumplimiento de las metas ante el cambio climático.

Aún en este contexto, en el Perú, desde el 2023, el Ministerio de Energía y Minas, a través de Perupetro, promociona 49 nuevas áreas para exploración y explotación de hidrocarburos a nivel nacional, 39 de las cuales están en la Amazonía, en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios, abarcando más de 15 millones de hectáreas.

El incremento de extracción de hidrocarburos no es coherente con los compromisos internacionales asumidos relacionados al cambio climático, referidos a la disminución en un 40% de las emisiones de GEI, así como al incremento al 20% de la participación de las energías renovables no convencionales al 2023, sino más bien debilita los esfuerzos que hacen los sectores para alcanzar la metas incluidas en los compromisos nacionales en relación a la mitigación del cambio climático, conocidos como NDC.

La intención de incrementar áreas para hidrocarburos en el país se da en un contexto nacional de débil transparencia y vulneración de derechos indígenas. Al respecto, el propio Ministerio de Cultura (MINCUL)(1) advirtió a Perupetro en diciembre de 2023(2), la existencia de superposición de las áreas promocionales para hidrocarburos con las Reservas Indígenas Murunahua, Mashco Piro, Kakataibo Norte y Sur, Sierra del Divisor Occidental, Yavarí – Tapiche, así como con la Reserva Territorial Madre de Dios (RTMDD). 

Dicha superposición ignora la recomendación de la CIDH a los Estados para que se abstuvieran de otorgar licencias o autorizaciones para realizar actividades relacionadas a la extracción de recursos naturales, como la minería, actividades hidrocarburíferas, deforestación, ganaderas, agroindustriales y otras, en áreas con presencia o tránsito de PIACI.

Perupetro continúa suscribiendo Convenios de Evaluación Técnica (CET), abordándolos como si se tratara solo de un estudio aislado. Recientemente, se suscribió el CTE del área XCIII, ubicada en Madre de Dios, la cual está superpuesta a territorios indígenas, cuya población desconoce la existencia de este convenio entre el Gobierno y una empresa para evaluar el potencial hidrocarburífero, sin haberles consultado previamente si están de acuerdo con la intervención de sus territorios.

Los poderes del Estado tienen el desafío de plantear e implementar el desarrollo del país, basado en la protección efectiva de derechos humanos y del patrimonio natural, sin sacrificar la diversidad biológica, la diversidad cultural, los territorios indígenas y sus medios de vida.


Notas

  1. Ente rector del régimen especial transectorial de protección de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI).
  2. Informe N° 0000021-2023-DACI-LQF/MC del 5 de julio de 2023, el cual fue remitido a Perupetro el 22 de diciembre de 2023, mediante Oficio N° 000818-2023-DGPI/MC.