Para una nueva Ley de Hidrocarburos con estándares, papelito manda

Feb 5, 2019 | Comunidad Informativa, Energía Sostenible, Noticias

Foto: Rodrigo Lazo.

Escribe: Denisse Linares
Derecho, Ambiente y Recursos Naturales

En los últimos días, el Ministerio de Energía y Minas ha vuelto a poner sobre el tapete el debate sobre su propuesta de cambios a la actual Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH), afirmando que esta propuesta de Ley no reduce estándares ni el pago de regalías[1].

Ello, en referencia al Dictamen que el Pleno del Congreso acordó por unanimidad devolver a la Comisión de Energía y Minas debido a las observaciones del  Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio del Ambiente (MINAM), Ministerio de Cultura (MINCU), la Defensoría del Pueblo, organizaciones de la sociedad civil y organizaciones indígenas[2]; todas ellas coincidiendo en la no aprobación del Dictamen. Dichas observaciones se referían -entre otros- a los riesgos que podría traer el Dictamen a la seguridad jurídica del Estado y a la autonomía de las instituciones vinculadas las actividades de hidrocarburos.

Si bien el MINEM y el MINAM han elaborado un informe conjunto[3] con propuestas para modificar aquellos artículos que representan vulneraciones a la normativa ambiental y a la rectoría del último, hasta el momento no existe (o no se ha dado a conocer) un nuevo Dictamen que ponga en blanco y negro dichas propuestas e integre las del MINCU, MEF y otros sectores del Ejecutivo dentro del proceso formal para la aprobación de la propuesta.

Ello sería vital para sustentar que existe un consenso del Ejecutivo en este tema. Tampoco se debe olvidar que existen observaciones de los pueblos indígenas al Dictamen, por lo que su aprobación no sólo debe contar con la aprobación del Ejecutivo, sino con la de la ciudadanía involucrada para lograr una legitimidad real.

En ese marco, el Dictamen -tal como se había planteado para el debate en pleno el año pasado- sí reduce los estándares socioambientales, al restringir la autonomía de todas las instituciones vinculadas al desarrollo de las actividades de hidrocarburos y flexibilizar los estudios socioambientales obligatorios para aprobar los proyectos del sector, los cuales son indispensables para la adecuada y sostenible implementación del proyecto.

Por otro lado, en relación a la afirmación del MINEM de que esta propuesta “no reduce el pago de regalías”, cabe recordar que el MEF, entre las observaciones presentadas[4], afirma que la aprobación del Dictamen generaría desventajas al Tesoro Público, debido a que permitiría la renegociación de las regalías, transfiriendo su administración y distribución al MEF.

El ente rector en temas económicos sustenta dicha postura dado que, ante la actual incertidumbre de los cambios en los precios del mercado, las empresas podrían hacer uso de la renegociación de las regalías correspondientes para el pago de canon y sobrecanon para solicitar la reducción de las mismas, generando una alteración en el presupuesto público[5] debido a que frente a un déficit en la recaudación de regalías, el MEF tendría que subsanar dicha deuda con los recursos públicos para hacer efectivo el pago de canon y sobrecanon.

Asimismo, de acuerdo a la lectura integral del Dictamen presentado en el 2018, el total del tiempo de concesión entre las etapas de exploración y explotación sumarían 70 años, y no 60 como se afirma en medios de comunicación. En ese sentido, si se habla de nuevos proyectos de hidrocarburos en cuencas “poco exploradas” como la del Marañón, el tiempo total en las que se establecería un proyecto serían 70 años, siendo un periodo que hasta el momento carece de justificación técnica sobre los beneficios que traería para el país.

Dicha modificación debe activar la obligación de hacer efectivo el derecho a la consulta previa legislativa de los cambios legales propuestos para la LOH actual, la cual ya fue solicitada por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) debido a que la mayoría de los contratos de hidrocarburos se ubican en la Amazonía peruana[6], y sobre todo en territorios donde viven pueblos indígenas que inevitablemente se ven afectados por las actividades de hidrocarburos; por lo que las modificaciones legales y operativas sobre las que se van a desarrollar dichas actividades, tendrán consecuencias en las formas de vida y derechos de los dichos pueblos.

Por ello, es necesario que se amplíe el debate sobre los cambios normativos que están realizando en el sector Hidrocarburos, y se inicie un debate de fondo sobre la gobernanza energética del país y qué inversiones priorizar en el sector Hidrocarburos, en el marco de la búsqueda de la generación de una matriz energética sostenible que permita al país asegurar el abastecimiento de energía limpia y respetando los derechos humanos.

Los cambios que se realicen a la actual Ley Orgánica de Hidrocarburos deben alinearse con los  estándares que se aplican a nivel mundial, como los de la OCDE, el Convenio 169 de la OIT, el Convenio Marco para el Cambio Climático, entre otros fundamentales.


[1] Ver “MEM: Ley Orgánica de Hidrocarburos no reduce pago de regalías ni estándares“.

[2] Opinión Legal del Ministerio del Ambiente, Informe N° 737-2018-MINAM/VMGA/DGPIGA. Opinión Legal del Ministerio de Cultura, Informe N° 9000060-2018-LSR/OGAJ/SG/MC. Comentarios de la Defensoría del Pueblo, Informe N° 001-2018-DP/AMASPPI.MA. Segundo informe de la Defensoría del Pueblo, Oficio N° 345-2018- DP/AMASPPI. Opinión legal del Ministerio de Economía y Finanzas, Informe N° 110-2018-EF/60.05.

[3] MINAM y el MINEM Oficio número N° 497-2018-MINAM/DM

[4] Opinión legal del Ministerio de Economía y Finanzas, Informe N° 110-2018-EF/60.05, p. 14

[5] Opinión legal del Ministerio de Economía y Finanzas, Informe N° 110-2018-EF/60.05, Numeral 7, 7.1 y 7.2

[6] Fuente: Perupetro. Ver número de contratos para exploración, explotación y retención.